1.11 SEGURIDAD EN SISTEMAS DE COMERCIO ELECTRÓNICO

Para garantizar la seguridad en una transacción se deben cumplir varios requisitos, éstos son:

1.11.1 Confidencialidad Ninguna persona ajena a la transacción puede tener acceso a la información enviada o recibida.

1.11.2 Integridad Los datos enviados deben ser exactamente iguales a los datos recibidos, sin que puedan ser manipulados por el receptor una vez terminada la transacción.

1.11.3 Autenticación Se debe garantizar que las partes implicadas en la transacción sean realmente quienes dicen ser. Esta autenticación debe ser tanto por parte del remitente como del receptor. Salvo que el pago se haga con un valor indiscutible (por ejemplo en efectivo), el pagador debe identificarse claramente, de forma que sea posible pedir cuentas si el pago no llega a materializarse. En el caso del receptor, igualmente, los compradores deben conocer la identidad del vendedor, salvo que el producto se libere en el mismo instante en que se hace la transacción.

1.11.4 Irrenunciabilidad (no repudio) Ninguno de los implicados en la transacción puede negar haber participado en ella. La transacción debe ir asociada a una cierta permanencia temporal que impide que una de las partes decline su responsabilidad. Aquí generalmente aparece un tercero que da fe de la identidad y de los deseos de una o de ambas partes a tal transacción.

1.11.5 Anonimato La moneda electrónica no tiene nombres ni apellidos; pero las transacciones sobres redes Telemática tienen una fuerte tendencia a dejar rastros.

El anonimato está compuesto de dos componentes:

El anonimato inmediato. Que no se sepa quién adquiere determinado producto. ·

El anonimato a medio plazo. Que no se pueda identificar patrones de compra. Para garantizar estas características se han desarrollado sistemas de encriptación, firma digital y certificación, que permiten diseñar escenarios coherentes y seguros para que el Comercio electrónico triunfe en su implementación sobre sistemas abiertos y dé confianza tanto a compradores como a vendedores. [2]